La Seguridad Social obliga a la sede electrónica a los trabajadores de baja desde hoy
Una nueva orden elimina el papel para las notificaciones de incapacidad temporal y permanente. El plazo para leerlas se reduce a diez días naturales.

A partir de hoy, 1 de septiembre de 2026, la Seguridad Social ha dejado de enviar cartas físicas a los trabajadores que están de baja médica. Quienes se encuentren en situación de incapacidad temporal, o que sean beneficiarios de prestaciones por incapacidad permanente o lesiones no incapacitantes, recibirán sus comunicaciones exclusivamente a través de la Sede Electrónica.
Adiós al papel, hola al SMS
La medida se respalda en la Orden ISM/541/2026, con la que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones busca acelerar la digitalización de la administración. En la práctica, esto significa que el correo postal desaparece como canal oficial para estos colectivos. En su lugar, la entidad enviará avisos mediante SMS o correo electrónico para alertar de que hay una notificación pendiente en la sede digital.
No es un cambio menor, ya que a través de este canal se comunican decisiones críticas como el reconocimiento de la prestación, su prórroga o, en el peor de los casos, su denegación. También es la vía para solicitar la documentación necesaria para mantener el trámite en marcha. Ignorar la notificación no exime de las obligaciones legales, por lo que conviene vigilar la cuenta de correo y el teléfono móvil.
Diez días para abrir la notificación
El sistema establece un plazo de diez días naturales desde la recepción del aviso para que el ciudadano abra la notificación y confirme su lectura. Si se agota ese tiempo sin que el usuario haga nada, la plataforma considerará automáticamente que la información ha sido leída. Este mecanismo, similar al de otras administraciones digitales, busca agilizar los plazos administrativos, aunque exige al ciudadano estar al día con sus datos de contacto. Si el teléfono o el email no están actualizados, es probable que el aviso se cuelgue o se pierda, generando problemas posteriores al tratar de justificar por qué no se recibió la comunicación en el momento necesario.
Cualquier notificación pendiente podrá consultarse en la sede electrónica de la Seguridad Social, donde el usuario dispondrá de la documentación completa. Para quienes no están acostumbrados a los trámites digitales, esta transición obliga a tener el certificado digital o el Cl@ve bien a mano, ya que la verificación de identidad sigue siendo un requisito fundamental para acceder al contenido detallado de las comunicaciones.
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